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septiembre 15, 2026La condena recayó sobre un joven de 21 años y fue dictada este martes por la Cámara en lo Criminal y Correccional de Río Tercero, mediante un juicio abreviado. El hecho tuvo como víctima a una menor de 13 años.
La Cámara en lo Criminal y Correccional de Río Tercero condenó a 9 años y 2 meses de prisión a un joven de 21 años por un delito contra la integridad sexual de una menor de 13 años, en un hecho ocurrido en Hernando.
La resolución fue adoptada este martes durante una audiencia de juicio abreviado, instancia en la que el Tribunal analizó el acuerdo presentado y el reconocimiento efectuado por el acusado.
El fallo estuvo a cargo del tribunal presidido por José Argüello, que declaró al joven, identificado por sus iniciales A.F.C., responsable de los delitos contemplados en la acusación.
La calificación establecida por la Justicia
Según la resolución, la conducta fue encuadrada como abuso sexual con acceso carnal agravado por la calidad de guardador y por la convivencia preexistente con una víctima menor de 13 años, en concurso ideal con promoción a la corrupción de menores agravada por la calidad de guardador.
Los hechos investigados se extendieron desde agosto de 2021 hasta el 10 de marzo de 2025, de acuerdo con lo establecido en la causa judicial.
Durante la audiencia, el condenado estuvo acompañado por el defensor público Alfredo Brouwer de Koning. También participó el defensor público Daniel Apóstolo Barbieri, quien intervino en representación complementaria de la menor, mientras que por la Fiscalía de Cámara estuvo presente el prosecretario Esteban Bonfigli.
Una vez considerado el contenido del acuerdo y la admisión realizada por el acusado, los magistrados establecieron la pena de nueve años y dos meses de prisión.
Protección de la víctima
Por tratarse de una menor de edad y debido al vínculo familiar existente con el condenado, la Justicia dispuso preservar todos aquellos datos que puedan contribuir a identificarla.
Por ese motivo, no se difunden nombres, circunstancias personales ni otros elementos que permitan individualizar a la víctima. La información se limita a los aspectos centrales de la sentencia, respetando su derecho a la privacidad.
Fuente: Cámara en lo Criminal y Correccional de Río Tercero.




