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mayo 18, 2026El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad una normativa que regula actividades comerciales, gastronómicas y de nocturnidad, además del expendio de alcohol en toda la ciudad.
El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad una nueva ordenanza que establece un régimen integral y unificado de horarios para actividades comerciales, recreativas, gastronómicas, culturales y de nocturnidad dentro del ejido municipal.
La normativa reemplaza disposiciones anteriores —entre ellas la Ordenanza Nº 24/20— y busca ordenar el funcionamiento nocturno de la ciudad, brindar mayor claridad normativa y facilitar las tareas de control, priorizando la convivencia urbana, la seguridad y el descanso de los vecinos.
Uno de los puntos centrales del nuevo esquema es la diferenciación entre horario de funcionamiento, horario límite de ingreso, expendio de bebidas alcohólicas y tiempos de desalojo de los locales.
En el caso de las confiterías bailables, podrán funcionar de 00:30 a 04:00 de lunes a jueves y hasta las 06:00 los viernes, sábados y vísperas de feriado.
Los eventos denominados “matinés” estarán habilitados de 18:00 a 22:00 durante la semana y hasta la medianoche los fines de semana. Durante el debate legislativo, se indicó que uno de los objetivos es desalentar la continuidad de reuniones informales o “after” una vez finalizadas las actividades bailables principales.
La ordenanza también redefine horarios para bares, pubs, patios cerveceros y restaurantes. Los bares nocturnos y pubs podrán operar hasta la 1:00 entre semana y hasta las 5:00 los fines de semana y vísperas de feriado.
Por su parte, los bares tradicionales y patios cerveceros podrán extender su actividad hasta las 4:00 los fines de semana.
En cuanto a los restaurantes con espectáculos, se permitirá su funcionamiento hasta las 5:00 de la madrugada los viernes, sábados y vísperas de feriado. Ese mismo límite horario regirá para los restaurantes convencionales.
Además, el nuevo régimen incorpora a peñas, bailes y salones de fiesta dentro del esquema unificado de horarios.
La normativa también introduce regulaciones específicas para kioscos, maxikioscos y comercios de cercanía. Estos locales podrán permanecer abiertos hasta las 00:00 de lunes a jueves y hasta las 02:00 los viernes, sábados y vísperas de feriado.
En esos comercios, las bebidas alcohólicas solo podrán venderse en envases cerrados y estará prohibido permitir o tolerar el consumo dentro del local o en la vereda inmediata si eso modifica el rubro autorizado.
Asimismo, se reglamentó el delivery de bebidas alcohólicas, estableciendo que únicamente podrá realizarse desde comercios habilitados y dentro de los horarios permitidos para cada actividad.
La ordenanza ratifica además la prohibición absoluta de venta o suministro de alcohol a menores de 18 años en todo el ámbito de Hernando.
En términos generales, la venta de alcohol estará permitida hasta las 00:00 de lunes a jueves y hasta las 02:00 los fines de semana, salvo excepciones contempladas para rubros específicos.
La nueva regulación también otorga mayores facultades de control a inspectores y agentes municipales, quienes podrán labrar actas, solicitar documentación y aplicar medidas preventivas ante infracciones.
Entre las sanciones previstas figuran apercibimientos, multas, decomisos, clausuras temporarias o definitivas e incluso la revocación de habilitaciones comerciales en los casos más graves.
La ordenanza comenzará a regir treinta días después de su promulgación y, desde entonces, quedarán derogadas todas las normas municipales incompatibles con este nuevo régimen unificado.




