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septiembre 16, 2026El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la creación de un registro voluntario para reunir información de personas que ofrecen servicios de cuidado y acompañamiento a adultos mayores de la ciudad.
El Concejo Deliberante de Hernando aprobó por unanimidad, durante la sesión del miércoles 16 de septiembre, el proyecto de ordenanza que crea el Registro Municipal Voluntario de Personas Ofertantes de Servicios de Cuidado y Acompañamiento para Personas Mayores.
La iniciativa busca generar una herramienta que facilite a las familias el acceso a información confiable sobre personas que ofrecen servicios de cuidado, asistencia o acompañamiento domiciliario. El proyecto parte de la necesidad de atender una demanda creciente vinculada al envejecimiento de la población.
Dos categorías de inscripción
El registro será voluntario y gratuito y contemplará dos modalidades. La Categoría A estará destinada a personas que puedan acreditar formación relacionada con el cuidado de adultos mayores, gerontología, enfermería, asistencia domiciliaria u otras áreas afines.
La Categoría B, en tanto, incluirá a quienes desarrollen tareas de cuidado o acompañamiento desde su experiencia, pero no cuenten con una formación específica certificada. La inscripción en esta categoría no implicará un reconocimiento municipal de idoneidad o capacitación.
Para incorporarse al registro se deberán presentar, entre otros requisitos, datos personales, certificado de antecedentes penales vigente, constancia de no inscripción en el Registro Provincial de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual, certificado de aptitud psicofísica, referencias laborales y documentación sobre capacitación, cuando corresponda.
Una herramienta informativa, no una habilitación profesional
Uno de los puntos centrales de la ordenanza establece que formar parte del registro no equivale a obtener una matrícula, habilitación profesional, certificación de competencias ni reconocimiento de idoneidad por parte del Municipio.
La Municipalidad tendrá a su cargo la administración del registro, pero no intervendrá en la contratación, selección, supervisión, remuneración ni evaluación de los servicios prestados. Las relaciones entre los cuidadores y las familias serán de carácter privado.
Además, el acceso público estará limitado a información básica y contará con el consentimiento de cada persona inscripta, bajo las disposiciones de la legislación nacional sobre protección de datos personales.
Capacitación y promoción del cuidado domiciliario
La normativa también contempla que el Municipio impulse instancias de capacitación vinculadas al cuidado integral de personas mayores, primeros auxilios, higiene y alimentación, manejo de emergencias y derechos y obligaciones laborales.
El objetivo es contribuir a mejorar la calidad de los servicios y favorecer la capacitación continua, la formalización laboral y el cuidado de las personas mayores dentro de su propio entorno familiar cuando sea posible.
La ordenanza establece, finalmente, que el Departamento Ejecutivo deberá reglamentarla dentro de los 90 días posteriores a su promulgación.




