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abril 16, 2026El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la ordenanza. También avanzaron cambios en el Código de Faltas.
El Concejo Deliberante de Hernando aprobó por unanimidad una ordenanza que establece la obligatoriedad de instalar detectores de monóxido de carbono en todas las nuevas construcciones de la ciudad.
La normativa indica que, en cada habilitación —ya sea de viviendas, comercios o industrias—, deberá colocarse un detector por cada artefacto de combustión a gas, con el objetivo de prevenir intoxicaciones, especialmente durante el invierno.
Desde el cuerpo legislativo aclararon que la medida no alcanza a construcciones ya existentes, aunque se recomendó a la población incorporar estos dispositivos de manera preventiva. En ese sentido, remarcaron que se trata de equipos accesibles, con valores desde los $20.000, y que pueden salvar vidas.
Además, explicaron que estos detectores no identifican pérdidas de gas, sino que alertan cuando el nivel de monóxido en el ambiente supera los límites seguros, emitiendo una alarma sonora. También se recordó la importancia de mantener ventilaciones abiertas y controlar periódicamente el estado de los equipos.
Cambios en el Código de Faltas
En la misma sesión, el Concejo también aprobó una serie de modificaciones al Código de Faltas, orientadas a ordenar y agilizar el funcionamiento del Juzgado Administrativo.
Uno de los puntos centrales es la incorporación de criterios de prescripción para causas antiguas, especialmente aquellas previas a la creación del Juzgado. Se aclaró que no se trata de una eliminación general de infracciones, sino de un análisis caso por caso, contemplando situaciones que, por el paso del tiempo, ya no tienen sentido administrativo o legal.
Otro aspecto relevante es la posibilidad de refinanciar deudas por multas, aunque bajo condiciones específicas. No se trata de una condonación, sino de un régimen excepcional para quienes puedan demostrar dificultades económicas. En esos casos, el Juzgado podrá autorizar planes de pago que incluyen un anticipo mínimo del 10% y la financiación del resto en cuotas.
Además, se incorporó la habilitación para actuar en días y horarios inhábiles, algo que hasta ahora generaba limitaciones operativas. Con esta modificación, el juez de faltas podrá intervenir en situaciones urgentes —como controles o clausuras durante fines de semana o en horario nocturno—, dejando constancia de la actuación y garantizando su revisión en el siguiente día hábil.
También se estableció la obligación de llevar un registro de intervenciones en días no hábiles, lo que permitirá dar transparencia y justificar cada actuación excepcional.
Desde el Concejo remarcaron que se trata de herramientas técnicas, pero clave para mejorar la capacidad de respuesta del Estado local y dar mayor previsibilidad a los procesos administrativos.
La sesión se desarrolló con normalidad y sin debates políticos, y ambos proyectos fueron aprobados por unanimidad.




