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junio 8, 2021Un 8 de Junio de 1987 se promulgó en nuestro país. Adriana Meichtri es Abogada y habló sobre lo que contempla dicha Ley.
“Lo que hace es regular el divorcio y decretarlo a través de la intervención del órgano judicial. Esta ley sufre una modificación en 2015 junto al Código Civil Comercial”, explicó.
Hoy con esta nueva Ley, el divorcio es un trámite que si o si tiene que pasar por tribunales y puede ser por voluntad concurrente de las partes o por voluntad por parte de uno de los contrayentes. La sentencia sale entre un mes y dos meses.
Respecto a si se necesita justificativo alguno a la hora de divorciarse dijo lo siguiente: “con la Ley anterior eran divorcios causados. Existía uno que era objetivo con el paso del tiempo, si estaban casados más de tres años con ese solo hecho ya se justificaba. La Ley anterior exigía las causales de abandono, adulterio y todo lo que uno conoce a nivel social. Hoy no, yo me quiero divorciar con quien es mi esposo e invoco el trámite y ya está, no hace falta invocar a una causa. A juez no le interesa más que la voluntad.”
En cuanto a la separación de bienes, se pide junto a la presentación de divorcio que se presente una propuesta en cuanto a bienes y los hijos del matrimonio. Cuando no hay acuerdo el divorcio sale lo mismo y los demás temas se tratan por separado. “Los bienes que se adquieren desde la celebración del matrimonio hasta la sentencia de divorcio son bienes gananciales, es decir que le corresponde el 50 por ciento a cada uno independientemente de quien tenga la titularidad. La Ley actual permite llegar a un acuerdo entre ambas partes porque no necesariamente tiene que ser un 50 y un 50, puede ser un 60 y un 40 si se tienen en cuenta otras cuestiones”, agregó.
Por último, aquí en Hernando considera que los divorcios no incrementaron en cantidad teniendo en cuenta este último tiempo.